Solicitud de ayudas excepcionales y complementarias de bonos de comedor para estudiantes de la Universidad de La Laguna

    Plazo de presentación:
  • Fecha de inicio:

    31/03/2022 00:00:00

  • Fecha de cierre:

    14/04/2022 23:59:59

  • Disponibilidad:

    Online Cerrado

  • Etiquetas:

    Ayudas asistenciales

  • Solicitud

    Documentación

    Adjuntos
    • -Solo documentos en formato pdf.
      -En todos los casos consultar la convocatoria reguladora.


      Certificado de empadronamiento Emitido por el Ayuntamiento, donde conste la antigüedad.
    • Justificante de la solicitud de alta o modificación en el registro de terceros Sólo en el caso de no estar de alta en el registro de terceros de la ULL o necesitar actualizar sus datos (por haber cambiado el número de cuenta o el banco).

Información

Para mayor información consulte la convocatoria reguladora.

"Requisito básico: estar matriculado en el curso 2021-2022"

Objeto del procedimiento

Sufragar parcialmente los gastos de manutención derivados de la estancia del alumnado de grado y posgrado en los centros universitarios cuando se matricula en enseñanzas de régimen presencial, que acredite dificultades económicas, siempre que no estén ni puedan ser subvencionados con otras ayudas oficiales, y acrediten estar empadronados en algún municipio de Tenerife, con al menos dos años de antigüedad.

Descripción

Podrá participar en esta convocatoria el alumnado de la ULL matriculado en cualquiera de sus centros que cumpla los siguientes requisitos, de acuerdo a lo exigido en la convocatoria reguladora vigente:
- Ser beneficiario de las ayudas de bonos de comedor de carácter ordinario, año 2021, en su segunda fase (primer cuatrimestre curso 2021-2022);
- Figurar empadronado en algún municipio de la isla de Tenerife, durante, al menos, los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- No superar los 15.000 euros de renta per cápita en el ejercicio 2020, correspondiente a la declaración de la renta que se presenta en 2021.
Incompatibilidad:
Se declara incompatible la percepción de estas ayudas con:
- La condición de alumnado colegial de la ULL, beneficiario del servicio de comedor en alguno de los colegios mayores de la universidad.
- La percepción de ayudas de otros organismos públicos o privados con la misma finalidad.
Las ayudas tienen carácter unipersonal, debiendo cumplimentarse un impreso por cada solicitante.

Destinatarios

Alumnado.

Unidad responsable

Negociado de Servicios Asistenciales.

Órgano que resuelve

Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Campus Guajara.

Normativa aplicable

De carácter general.
• Específica:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Campus Guajara por la que se convocan ayudas excepcionales y complementarias de bonos de comedor, para estudiantes de la Universidad de La Laguna durante el curso 2021-2022.

Plazo máximo de resolución

Según convocatoria.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio.

Referencia del procedimiento

SUBCCC048.

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, abriéndose desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Documentación exigida

- Solicitud de inicio del procedimiento.
- La documentación relacionada en la base cuarta de la convocatoria.
Para percibir pagos de la Tesorería de la Universidad de La Laguna deberán estar dados de alta en el sistema. Aquellos que no lo estén (por solicitar la ayuda por primera vez), o que necesiten actualizar sus datos (por haber cambiado el número de cuenta o el banco), deberán realizar el trámite “Solicitud de Alta o Modificación en el Registro de Terceros”, que figura en el catálogo de procedimientos de la sede electrónica.
Si con la solicitud no se aporta la documentación que proceda de entre la que establece la convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días.
De no hacerlo se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Requiere abono previo de tasas

No.

Protección de datos de carácter personal

La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.

Datos de contacto

Negociado de Servicios Asistenciales. Teléfono: 922319609 / 922319610 y 922316502 ext. 5111. Correo electrónico: seas@ull.es