Convocatoria de becas del "Programa Embajadores" para estudiantes de máster y doctorado de la Universidad de La Laguna

    Plazo de presentación:
  • Fecha de inicio:

    02/11/2021 00:00:00

  • Fecha de cierre:

    22/11/2021 23:59:59

  • Disponibilidad:

    Online Cerrado

  • Solicitud

    Documentación

    Adjuntos
    • Criterio 1: programas universitarios de innovación educativa Certificado de participación y/o evaluación favorable.
    • Criterio 2: actividades formativas en procesos de facilitación Certificado de participación y/o evaluación favorable.
    • Criterio 3: cursos de formación de las administraciones educativas estatales y autonómicas Certificado de asistencia y/o aprovechamiento.
    • Criterio 4: tareas de apoyo a la coordinación de los programas y actividades a que se refieren los criterios 1 y 2 Certificado que acredite experiencia en estas tareas.
    • Criterio 5: realización de prácticas académicas curriculares en centros oficiales Certificación que las acredite.

Información

Para mayor información consulte la convocatoria reguladora.

Objeto del procedimiento

El programa se basa en un modelo de aprendizaje entre iguales, donde estudiantes de posgrado de la ULL entrarán en contacto con alumnado de 4º de ESO y de 1º de Bachillerato, para desarrollar acciones informativas y de orientación, cuyo objetivo estratégico es ayudarles a tomar las decisiones adecuadas en el proceso que les acerca a la universidad.

Descripción

Se convocan un total de 7 becas, para su desempeño durante la ejecución del programa, de acuerdo con la siguiente distribución:
- 6 becas de Embajadores (durante 4 meses).
- 1 beca de Coordinación (durante 6 meses).

Podrán participar en la convocatoria de este Programa los estudiantes de la Universidad de La Laguna que cumplan los siguientes requisitos:
- Requisito común: Estar matriculado en estudios oficiales de Máster o Doctorado de la ULL, en el curso académico 2021-2022.
- Requisito singular para la beca de Coordinación: Haber participado como facilitador o coordinador en el programa INGENIA de la ULL.

Destinatarios

Alumnado

Unidad responsable

Negociado de Servicios Asistenciales

Órgano que resuelve

Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Campus Guajara

Normativa aplicable

De carácter general.
• Específica:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Campus Guajara por la que se convocan becas del "Programa Embajadores" dirigidas a estudiantes de la Universidad de La Laguna que en el curso académico 2021/2022 cursen enseñanzas oficiales de Máster o Doctorado .

Plazo máximo de resolución

Según convocatoria

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Contra la Resolución definitiva, que ponga fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife.
No obstante, se podrá optar por interponer contra dicha resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Referencia del procedimiento

SUBCCC047

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

Documentación exigida

- Solicitud de inicio del procedimiento.
- Acreditación de méritos, según la base quinta, apartado 1, de la convocatoria.
Si con la solicitud no se aporta la documentación que proceda de entre la que establece la convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días.
De no hacerlo se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Requiere abono previo de tasas

No

Protección de datos de carácter personal

La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.

Datos de contacto

Negociado de Servicios Asistenciales. Teléfono: 922319609, 922319610 y 922316502 ext. 5111. Correo electrónico: seas@ull.es