Solicitud de emisión de certificados oficiales de puente y de máquinas del alumnado de la EPSI

  • Disponibilidad:

    Online Abierto

Información

Para mayor información consulte la normativa reguladora.

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Objeto del procedimiento

Gestionar las solicitudes de expedición de los certificados de alumnado de Puente/Máquinas.

Descripción

- Certificado de Alumnado de Puente. Certificado de haber aprobado las asignaturas que contemplan los conocimientos especificados en la Sección AII/1 del Código STCW (Requisitos mínimos aplicables a la titulación de los oficiales encargados de la guardia de navegación en buques de arqueo bruto igual o superior a 500 Ton.).
- Certificado de Alumnado de Máquinas. Certificado de haber aprobado las asignaturas que contemplan los conocimientos especificados en la Sección AIII/1 del Código STCW (Requisitos mínimos aplicables a la titulación de los oficiales encargados de la guardia en una cámara de máquinas con dotación permanente y de los oficiales de máquinas designados para prestar servicios en una cámara de máquinas sin dotación permanente).

Destinatarios

Alumnado

Unidad responsable

Escuela Politécnica Superior de Ingeniería (EPSI), Sección de Náutica, Máquinas y Radioelectrónica Naval.

Órgano que resuelve

Escuela Politécnica Superior de Ingeniería (EPSI), Sección de Náutica, Máquinas y Radioelectrónica Naval.

Normativa aplicable

De carácter general.
• Específica:
- Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
- Enmiendas de Manila de 2010 al Anexo del Convenio Internacional sobre Normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar (Convenio de formación) 1978, (hecho en Londres el 7 de julio de 1978 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 7 de noviembre de 1984). Resolución 1 de la Conferencia de las Partes en el Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, aprobadas en Manila el 25 de junio de 2010.
- Enmiendas de 2016 al Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar (Convenio de Formación), 1978, en su forma enmendada, adoptadas en Londres el 25 de noviembre de 2016 mediante Resolución MSC.416(97).
- Directiva 2001/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de abril de 2001 relativa al nivel mínimo de formación en las profesiones marítimas (DO L 136 de 18.5.2001, p. 17).
- Decreto por el que se fijan y regulan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios, de las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, vigente en cada momento.

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio administrativo

No aplica

Referencia del procedimiento

RYCCER030

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

Durante todo el año

Documentación exigida

- Solicitud de inicio de procedimiento.
- Copia del DNI, NIE en vigor.
- Copia de la libreta marítima.

Requiere abono previo de tasas

Si, según DECRETO por el que se fijan y regulan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios, de las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el curso correspondiente.

Protección de datos de carácter personal

La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.

Datos de contacto

Secretaría de la Sección de Náutica, Máquinas y Radioelectrónica Naval, Escuela Politécnica Superior de Ingeniería (EPSI). Teléfono: 922 318 195. Correo electrónico: nautica@ull.es