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Solicitud de anulación de la totalidad de la matrícula de titulaciones oficiales a instancias del alumnado
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Deadline for submission:
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Start date:
14/07/2025 00:00:00
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Closing date:
20/11/2025 23:59:59
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Availability:
Online Closed
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Solicitud
Documentation
Attachments-
- Justificante de desistimiento de su solicitud de beca o renuncia a la beca, en su caso.
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- Justificante de desistimiento de su solicitud de beca o renuncia a la beca, en su caso.
Information
Para mayor información consulte la normativa reguladora.
Objeto del procedimiento
Gestionar las solicitudes de anulación de la totalidad de la matrícula a instancia del alumnado.
Descripción
El alumnado podrá solicitar la anulación de la totalidad de la matrícula mediante solicitud dirigida al responsable del centro.
Las anulaciones efectuadas sobre las solicitudes presentadas hasta el 15 de octubre de 2025 implicarán la devolución de los precios públicos satisfechos en concepto de servicios académicos, sin que en ningún caso proceda devolver las cuantías correspondientes a la apertura de expediente y/o el seguro escolar. Estas anulaciones no generarán deuda.
Las anulaciones realizadas sobre las solicitudes presentadas entre el 16 de octubre y el 20 de noviembre de 2025 no supondrán la devolución de los precios públicos abonados en concepto de servicios académicos, apertura de expediente y/o el seguro escolar
A partir del 21 de noviembre de 2025 las solicitudes de anulación serán desestimadas.
En cualquier caso, las anulaciones presentadas a partir del 2 de octubre de 2024 conllevarán la liquidación y la expedición de una nueva carta de pago, con los importes por precios públicos, tasas administrativas y seguro escolar, en su caso, correspondientes a los plazos de pago de la matrícula ya vencidos.
Al alumnado solicitante de beca, de no acreditar el desistimiento de su solicitud de beca o renuncia, le será desestimada su solicitud de anulación de matrícula, debiendo notificársele la resolución.
El alumnado que se matricule por primera vez en una titulación y que solicite la anulación de la matrícula no tendrá reserva de plaza para cursar los mismos estudios, teniendo que participar nuevamente en el proceso de preinscripción.
La anulación de la matrícula a instancia del alumnado en los plazos establecidos no computará a los efectos de lo que establece la Normativa de Progreso y Permanencia de la ULL, ni a los efectos de los precios públicos en sucesivas matrículas.
Destinatarios
- Alumnado.
Unidad responsable
Facultades y Escuelas Universitarias.
Órgano que resuelve
Decanos/as y Directores/as.
Normativa aplicable
• De carácter general.
• Específica:
- Normativa de Progreso y Permanencia en las Titulaciones Oficiales en la Universidad de La Laguna.
- Instrucción reguladora del procedimiento de admisión y matrícula de títulos oficiales de grado de la Universidad de la Laguna para el curso académico 2025-2026.
- DECRETO 177/2022, de 3 de agosto, por el que se fijan y regulan los precios públicos por la prestación de servicios académicos y administrativos de las universidades públicas de Canarias para el curso académico 2022-2023.
Plazo máximo de resolución
Tres meses.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio.
Recursos
Recurso de alzada ante el Sr. Rector de la Universidad de La Laguna.
Referencia del procedimiento
GACGAA029.
Datos para la tramitación del procedimiento
Medios de presentación
- A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.
Plazo de presentación
- Desde el 14 de julio y hasta las 23:59 horas del 15 de octubre de 2025 con devolución de los precios públicos abonados en concepto de servicios académicos.
- Del 16 de octubre y hasta las 23:59 horas del 20 de noviembre de 2025 sin devolución de los precios públicos abonados en concepto de servicios académicos.
Documentación exigida
- Solicitud de inicio del procedimiento.
- Alumnado solicitante de beca MEC o Gobierno de Canarias, habrá de presentar la siguiente documentación, según el caso:
A) Alumnado de nuevo ingreso:
1. Si ha obtenido plaza en otra titulación oficial universitaria y/o universidad deberá presentar el documento de admisión correspondiente, no teniendo que aportar el justificante de desistimiento o renuncia a la beca.
2. Si no inicia estudios universitarios deberá presentar el justificante de desistimiento o renuncia a la beca, así como una declaración jurada donde indique que no va a cursar estudios universitarios en el curso 2025-2026.
B) Alumnado de continuación: Justificante del desistimiento o renuncia, salvo que acredite estar matriculado en otros estudios.
Requiere abono previo de tasas
No
Protección de datos de carácter personal
La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.