Solicitud de convalidación de estudios parciales extranjeros

    Deadline for submission:
  • Start date:

    31/08/2022 00:00:00

  • Closing date:

    02/09/2022 23:59:59

  • Availability:

    Online Closed

  • Solicitud

    Documentation

    Annexes
    Attachments
    • DNI, NIE, pasaporte o documento equivalente en vigor.
    • Certificación académica de los estudios realizados por el solicitante. En la que figure las asignaturas cursadas, el año académico y las calificaciones.
    • Documento de equivalencia de notas medias. Certificado por el Ministerio de Educación (enlace).
      NOTA: En el apartado "nº de créditos o asignaturas", deberá indicar lo que conste en la certificación académica oficial aportada. En el caso de que las asignaturas no tengan reconocidos créditos, cada asignatura se rellenará con un 1.

    • Plan de estudios. De las materias cursadas debidamente conformadas por la universidad de origen, donde consten entre otros, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria de cada una de ellas.
    • Guías docentes o programas de las asignaturas cursadas. Donde figuren las competencias, los conocimientos asociados y el número de créditos, horas o semanas por semestre o año. La documentación deberá figurar en un único archivo pdf.
    • Impreso de solicitud de reconocimiento de créditos (opcional). Puede descargar el formulario en este enlace.

Information

IMPORTANTE: La Facultad de Ciencias de la Salud no oferta plazas por este cupo

Para mayor información consulte la normativa reguladora.
AVISO: Si no dispone de usuario y contraseña para acceder a la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna, consulte cómo obtenerlos en el siguiente enlace.

Objeto del trámite

Presentar la solicitud para la admisión de estudiantes con estudios universitarios extranjeros, en los siguientes casos:
a) quienes no hayan finalizado los estudios universitarios cursados en universidades extranjeras.
b) quienes habiendo finalizado sus estudios no hayan solicitado la homologación.
c) quienes habiendo finalizado sus estudios, les ha sido denegada la homologación de su título por el ministerio competente en materia de educación.

Descripción

Mediante este procedimiento se tramitan solicitudes de estudiantes que deseen ser admitidos en enseñanzas universitarias de grado de la ULL y se les reconozca un mínimo de 30 créditos en la titulación para la que solicitan traslado.
La solicitud de convalidación parcial será compatible con el régimen general de preinscripción y matrícula, pudiendo el alumnado solicitar ambos procedimientos de acceso. En caso de obtener plaza a través de ambos sistemas se procederá a adjudicar la plaza por el cupo de estudios universitarios extranjeros.

Baremación y orden de prelación de las solicitudes

1. Orden de prelación:
1º) Estudiantes procedentes de titulaciones equivalentes o afines, conforme al Anexo II del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.
2º) Estudiantes procedentes de otras titulaciones.

2. Baremación y ordenación dentro de cada grupo:
1º) Las solicitudes de estudiantes con una nota media de su expediente académico universitario igual o superior que la del último estudiante que fue admitido en el cupo general de preinscripción en el curso inmediatamente anterior.
2º) Las solicitudes que no cumplan lo establecido en el apartado anterior, o que cumpliéndolo concurran con otras en igualdad de condiciones, se ordenarán de acuerdo con la nota de admisión para la convalidación parcial de estudios extranjeros, expresada con tres decimales, que se extraerá de la siguiente fórmula:
N = 0,5*NE + 0,5*CR
Donde
N = Nota de admisión para la convalidación parcial de estudios extranjeros.
NE = Nota media del expediente académico de los estudios universitarios cursados.
CR = Nº de créditos susceptibles de ser reconocidos. En el caso de que el país de procedencia no estuviera dentro del Espacio Europeo de Educación Superior se tendrá en cuenta el nº de asignaturas reconocibles.

Destinatarios

Alumnado.

Unidad responsable

Secretarías de Facultades y Escuelas.

Órgano que resuelve

Las personas titulares de los decanatos y direcciones de centro.

Normativa aplicable

De carácter general.
• Específica:
- Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado. (BOE nº 138 de 7 de junio de 2014)
-
Reglamento de acceso, admisión y matrícula para las titulaciones de grado de la Universidad de La Laguna.
- Resolución conjunta de las universidades públicas canarias sobre el procedimiento de admisión a las titulaciones de grado, vigente en cada curso académico.
- Instrucción reguladora del procedimiento de admisión por cambio de universidad y/o estudios universitarios españoles o extranjeros de grado de la Universidad de la Laguna vigente en cada curso académico.

Plazo máximo de resolución

Convocatoria ordinaria: antes del 6 de junio de 2022.
Convocatoria extraordinaria: antes del 20 de septiembre de 2022.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio.

Recursos

Contra las resoluciones adoptadas por los responsables de los centros universitarios cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la rectora, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en la web del acto que se impugna, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en la web del acto que se impugna.

Referencia del procedimiento

GACGAA027.

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

Convocatoria ordinaria: del 2 al 9 de mayo de 2022.
Convocatoria extraordinaria: del 31 de agosto al 2 de septiembre de 2022.

Documentación exigida

- Solicitud de inicio del procedimiento.
- La documentación indicada en este enlace.
Todos los documentos que se aporten a este procedimiento deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate, así como estar debidamente legalizados.
Así mismo, conforme al artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos expedidos en el extranjero que se presenten deben venir acompañados de traducción oficial al castellano, cuando no estén expedidos en ese idioma.

Requiere abono previo de tasas

No.

Protección de datos de carácter personal

La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.

Datos de contacto

Facultades y Escuelas