Solicitud de Duplicado de Título Universitario Oficial

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El contenido de esta ficha es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud y, en su caso, la convocatoria reguladora.

Si no dispone de usuario y contraseña para acceder a la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna, consulte cómo obtenerlos en el siguiente enlace.

Objeto del procedimiento

Gestionar las solicitudes de duplicado de título universitario oficial por la Universidad de La Laguna.

Descripción

Para solicitar un Duplicado de Título, después de hacer la correspondiente solicitud por la Sede Electrónica y antes de la emisión de la correspondiente carta de pago, debe presentarse el título original (salvo en caso de extravío) en la secretaría de la Facultad/Escuela/Centro.

Los motivos por los que se puede solicitar un duplicado de título y los requisitos, son los siguientes:

• Extravío. En el momento de presentar la solicitud de duplicado por extravío, se deberá rellenar en el procedimiento el anexo "Solicitud de inserción de anuncio en el BOE sobre extravío de título universitario". El abono de la publicación en el BOE será a cuenta de la persona interesada. Una vez publicado el anuncio y pasados treinta días naturales, se generará la carta de pago de abono de las tasas del duplicado y se le enviará.

• Deterioro. El título deteriorado, una vez realizada la solicitud de duplicado y antes de que se le emita la correspondiente Carta de Pago, debe entregarlo en la secretaría de su Facultad o Escuela. Es requisito imprescindible que las características del título deteriorado no impidan su correcta identificación y no ofrezca duda su autenticidad. Si esto no fuera así, se considerará un “título extraviado”.

• Cambio de datos personales (Nombre, Apellidos, Nacionalidad, Sexo …). Debe adjuntar su nuevo DNI y documento del Registro Civil donde figure el cambio del antiguo al nuevo estado.

• Añadir nueva mención/especialidad. Deberá acreditarse la superación de la nueva Mención/Especialidad.

• Añadir premio extraordinario de fin de carrera (Títulos anterior al Plan Bolonia). Debe adjuntarse certificación de Secretaría General, donde se le comunica la concesión del premio.

• Rectificación (de error cometido por la administración). Una vez tramitado por el negociado de expedición de títulos e inscrito en la expedición de títulos e inscrito el título en el Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales, se emitirá de oficio la certificación supletoria provisional a la que hace referencia el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, que será puesta a disposición del alumnado en el expediente electrónico.

Destinatarios

Alumnado egresado

Unidad responsable

- Negociado de Expedición de Títulos.

Normativa aplicable

De carácter general.
• Específica:
- Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
- Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios.
- Orden ECI/2514/2007, de 13 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales de Máster y Doctor.
- Orden de 24 de diciembre de 1988 por la que se modifica la de 8 de julio de 1988 para la aplicación de los Reales Decretos 185/1985, de 23 de enero y 1496/1987, de 6 de noviembre, en materia de expedición de títulos universitarios oficiales.
- Orden ECD-760-2013, de 26 de abril, por el que se establecen los requisitos de expedición del título del Programa Erasmus-Mundus.
- Decreto por el que se fijan y regulan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios, de las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, vigente en cada momento.
- Resolución de 29 de mayo de 2018, por la que se dispone la publicación del Reglamento por el que se regula la administración electrónica en la Universidad de Lda Laguna (BOC Nº 110, 8/06/2018).

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Referencia del procedimiento

RYCCER022

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

Durante todo el año

Documentación exigida

- Solicitud de inicio del procedimiento.
- NIF, o en el caso de extranjeros, NIE y Pasaporte.
- Original del título deteriorado, en el caso de deterioro y/o modificación del título por errores materiales, cambio de nombre, etc. Deberá presentarse en la secretaría de la Facultad o Escuela en el que realizó los estudios universitarios.
- Documentación que justifique los cambios a efectuar (copia de la Hoja del registro Civil y del DNI/NIE actualizado), en el caso de cambio de nombre y/o apellidos, nacionalidad, sexo).
- Certificado de Secretaría General/Publicación en el BOE, en el caso de premio extraordinario de fin de titulación de títulos anteriores al Real Decreto 1393/2007.
- Documento justificativo, en el caso de rectificación u otros motivos diferentes a los anteriores.

Requiere abono previo de tasas

Sí, según DECRETO por el que se fijan y regulan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios de las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el curso correspondiente. Quedan EXENTOS de pago los casos de duplicado para añadir Premio Extraordinario de fin de carrera (títulos anteriores al plan Bolonia) y duplicado por rectificación de error cometido por la Administración.

Protección de datos de carácter personal

La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.

Datos de contacto

Negociado de Títulos. Teléfono 922319492. Correo electrónico: titulos@ull.edu.es