Sede electrónica de la Universidad de La Laguna
Solicitud de reconocimiento de créditos por participación en actividades universitarias en enseñanzas oficiales de grado de la Universidad de La Laguna
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Plazo de presentación:
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Fecha de inicio:
05/11/2024 00:00:00
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Fecha de cierre:
23/12/2024 23:59:59
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Disponibilidad:
Online Abierto
Información
Para mayor información consulte la normativa reguladora.
Objeto del procedimiento
Solicitar el reconocimiento de créditos optativos por participar en actividades universitarias en enseñanzas oficiales de grado de la Universidad de La Laguna.
Descripción
Mediante este procedimiento el estudiante podrá solicitar el reconocimiento de créditos optativos por participar en actividades universitarias en enseñanzas oficiales de grado impartidas por la Universidad de La Laguna, previstas en el artículo 10.9 letra c) del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
El reconocimiento académico en créditos optativos se podrá solicitar por la participación en las actividades universitarias siguientes:
- Actividades universitarias de cooperación, solidarias, culturales, deportivas y de representación Estudiantil, así como por otras actividades académicas que con carácter docente organice la universidad.
- Por conocimiento acreditado de idiomas.
El estudiantado de Grado podrá obtener hasta un máximo de 6, 7.5 y 9 créditos en Grados de 240, 300 y 360 créditos, respectivamente, por su participación en actividades universitarias.
El reconocimiento de créditos por la realización de actividades universitarias está sujeto a las siguientes limitaciones:
- El número de créditos reconocidos se computará, a solicitud del estudiantado, como créditos optativos en el correspondiente plan de estudios.
- No procederá el reconocimiento de aquellas actividades en las que en cursos precedentes se haya denegado el reconocimiento.
- Solo podrán reconocerse créditos que el estudiantado realice durante el periodo en que se encuentre matriculado de las enseñanzas oficiales de Grado que esté cursando en la Universidad de La Laguna. En el caso de estar cursando más de una titulación, el reconocimiento solo será efectivo en una de ellas, siendo requisito que el o la estudiante esté matriculado o matriculada de la asignatura optativa para la que solicita el reconocimiento.
- Una vez obtenido el máximo de créditos posibles por reconocimiento de actividades universitarias, el exceso no constará en el expediente académico.
El procedimiento para el reconocimiento de créditos se iniciará a solicitud de la persona interesada indicando la relación de las actividades objeto de reconocimiento, los créditos correspondientes a cada una de ellas y la asignatura optativa matriculada que desea reconocer.
Solo se resolverán aquellas solicitudes de reconocimiento en las que:
- el o la solicitante acepte en el procedimiento el requisito establecido por el artículo 13.10 del Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad de La Laguna.
- los créditos a reconocer sean igual o superiores a los créditos de la asignatura optativa sobre la que solicita se le aplique el reconocimiento.
Los créditos reconocidos serán incorporados al expediente del estudiante como "reconocimiento de créditos optativos por participación en actividades universitarias", añadiendo, en su caso, el nombre de la actividad. Los créditos se consignarán con la calificación de "apto" y no se tendrán en cuenta en el cálculo de la nota media del expediente académico.
Destinatarios
Alumnado
Unidad responsable
Facultades y Escuelas Universitarias.
Órgano que resuelve
Decano/a o Director/a de la Facultad o Escuela Universitaria.
Normativa aplicable
• De carácter general.
• Específica:
- Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad (BOE nº 233, de 29/09/2021).
- Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad de La Laguna (BOULL nº 75 de 9/10/2024).
Plazo máximo de resolución
30 días hábiles desde la presentación de la solicitud.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Recurso de alzada ante el/la Rector/a en el plazo de un mes desde la comunicación de la resolución.
Referencia del procedimiento
GACGAA022
Datos para la tramitación del procedimiento
Medios de presentación
- A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.
Plazo de presentación
Durante todo el año, con una antelación mínima de quince días naturales antes del inicio de las pruebas evaluativas de cada convocatoria.
- Convocatoria de enero: Hasta el 23 de diciembre de 2024.
- Convocatoria de marzo: Del 30 de enero al 24 de febrero de 2025.
- Convocatoria de mayo: Del 25 de marzo al 29 de abril de 2025.
- Convocatoria de julio: Del 12 al 24 de mayo de 2025.
Documentación exigida
Reconocimiento de créditos de las asignaturas de idioma por acreditación de nivel:
La competencia lingüística se acreditará mediante la presentación de las correspondientes certificaciones. Se aceptarán aquellas certificaciones permitidas según la Instrucción relativa a la acreditación y reconocimiento de competencias en idioma extranjero y procedimientos para su obtención en el ámbito de la Universidad de La Laguna.
Reconocimiento de créditos en asignaturas optativas por actividad universitaria:
En función de la o las actividades a reconocer deberá presentar la siguiente documentación, según el caso,
- Certificación emitida por el órgano que organiza la actividad, el que consten las actividades realizadas con expresión de los créditos correspondientes a cada una de ellas, o en su defecto el intervalo de horas lectivas de dedicación del estudiante que tenga la actividad.
- Certificación de Formación Específica o Microcredenciales que acredite el estudiantado y haya sido emitido por el Centro de Formación Permanente de la Universidad de La Laguna.
- Certificación del Consejo Superior de Deporte (en el caso de los DAN) o de la Comunidad Autónoma o Federación (en el caso de los DAR). El Servicio de Deporte deberá certificar las competiciones interuniversitarias.
- Certificación emitida por la secretaría del órgano correspondiente, en el caso de actividades universitarias de representación estudiantil.
- Certificación emitida por la dirección o responsable de la actividad en el que se incluya una breve descripción de la actividad, las fechas de la actividad y el número de horas realizadas, en el caso de actividades solidarias o de cooperación.
Requiere abono previo de tasas
No
Protección de datos de carácter personal
La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.
Datos de contacto
- Para más información Servicio de Información y Orientación (SIO): 922319620 o sioinfo@ull.es.
- Para resolución de incidencias en el proceso de solicitud: Centro de Atención al Usuario (CAU): 900 432 526
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