Ayudas para Potenciar la Actividad Investigadora de Excelencia

    Plazo de presentación:
  • Fecha de inicio:

    01/03/2019 00:00:00

  • Fecha de cierre:

    01/04/2019 23:59:59

  • Disponibilidad:

    Online Cerrado

  • Solicitud

    Documentación

    Adjuntos
    • Currículum Vitae normalizado del/la solicitante (director/a científico/a), así como de los investigadores/as garantes.

Información

El contenido de esta ficha es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud y, en su caso, la convocatoria reguladora.
Si no dispone de usuario y contraseña para acceder a la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna, debe solicitarlo a través de esta página en la que deberá identificarse mediante la plataforma estatal Cl@ve, registrándose en ella o accediendo si ya está registrado ( +info).

Objeto del procedimiento

El objeto de esta convocatoria es impulsar la calidad y el impacto de la investigación realizada en la ULL, potenciando aquellas “unidades” que acrediten una producción científica de calidad y que presenten indicadores de calidad para optar a constituir una “Unidad de Excelencia María de Maeztu”.

Requisitos de los/las solicitantes y de los profesores/as o investigadores/as invitados/as
Podrá solicitar estas ayudas el personal que cumpla los requisitos de la base de aplicación general segunda y la base específica segunda de la convocatoria reguladora.

Destinatarios

Personal Docente e Investigador de la Universidad de La Laguna y otras categorías indicadas en la base de aplicación general segunda de la convocatoria.

Unidad responsable

Negociado de Convocatorias y Programas I+D+i Nacionales y Propias.

Órgano que resuelve

Vicerrectorado de Investigación.

Normativa aplicable

• De carácter general
• Específica:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna.
- Convocatoria de ayudas para la incentivación de la actividad investigadora del personal docente e investigador de la Universidad de La Laguna.

Plazo máximo de resolución

Según convocatoria

Efecto del silencio administrativo

Desestimado

Recursos

Contra la resolución que aprueba las presentes bases generales, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses siguientes a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, o potestativamente en vía administrativa mediante recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.

Referencia del procedimiento

GEPAFI013

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna, en el procedimiento habilitado a tal efecto.

No se admitirán solicitudes que se presenten a través de la Sede como “Solicitud general”, ni en soporte papel.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Documentación exigida

- Solicitud de inicio del procedimiento.
- La documentación relacionada en la base específica cuarta de la convocatoria.

Requiere abono previo de tasas

No

Protección de datos de carácter personal

La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.

Datos de contacto

Negociado de Convocatorias y Programas I+D+i Nacionales y Propias. Teléfono: 922319558 / 922845095 / 922319513. Correo electrónico: sopinve@.ull.es