Aportación de documentación para su anexo a la solicitud de ayudas para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo de la Universidad de La Laguna

    Deadline for submission:
  • Start date:

    09/02/2026 00:00:00

  • Closing date:

    30/11/2026 09:00:00

  • Availability:

    Online Open

Information

El contenido de esta ficha es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud y, en su caso, la convocatoria reguladora. Para más información consulte la convocatoria reguladora.

Objeto del procedimiento

Aportar documentación para su anexo a la solicitud de ayudas para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo de la Universidad de La Laguna

Descripción

ESTE PROCEDIMIENTO NO SURTIRÁ EFECTO SI PREVIAMENTE NO HA SOLICITADO LA AYUDA A TRAVÉS DE LA ETIQUETA ALUMNADO DE "PORTAL DE SERVICIOS", "MIS AYUDAS ASISTENCIALES", "AUTOSOLICITUDES".

La convocatoria tiene por objeto fundamental la regulación de la asistencia que debe prestarse a alumnado de la ULL con algún tipo de discapacidad, como intérpretes de lengua de signos, ayudas técnicas personalizadas y cualesquiera otras medidas que faciliten la normalización de su acceso y permanencia en la ULL, así como su plena integración.
Podrán participar en la convocatoria quienes, al momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, cumplan los requisitos siguientes:
a) Estar matriculado en cualquiera de las titulaciones que imparte la ULL o en los cursos de mayores de 25 y 45 años.
b) Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%, que haga imprescindible un apoyo especial para el normal desarrollo de su actividad académica.
c) Estar inscrito en el Programa de Atención a Estudiantes con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (PAED).
El alumnado solicitante de alguna de las ayudas del Programa que ya la hubiera disfrutado en el curso anterior deberá acreditar la superación como mínimo del 25% de los créditos matriculados en dicho curso académico.
Únicamente en situaciones excepcionales y debidamente acreditadas, que justifiquen la imposibilidad de cumplir este requisito, se admitirán a trámite solicitudes con rendimiento inferior al establecido, teniendo en cuenta que el alumnado solicitante no puede acogerse por segunda vez a la misma circunstancia impeditiva.
Una vez cumplimentada la solicitud de ayuda deberá aportar la documentación exigida según la convocatoria vigente en ese momento.

Destinatarios

Alumnado.

Unidad responsable

Negociado de Servicios Asistenciales.

Órgano que resuelve

Vicerrectorado de Estudiantes.

Normativa aplicable

De carácter general.
• Específica:
- Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes por la que se aprueba el Programa de ayudas asistenciales de la ULL para alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE), durante el curso 2025-2026.
- Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes por la que se convocan, en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas destinadas a alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo, en la modalidad de “Ayudas Técnicas”.
- Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes por la que se convocan, en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas destinadas a alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo, en la modalidad de “Intérprete de Lengua de Signos Española”.

Plazo máximo de resolución

Según convocatoria.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio.

Referencia del procedimiento

RYCSOG018.

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

- A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

Hasta el 15 de diciembre de 2025.

Documentación que podrá presentar a través del procedimiento

- Solicitud de inicio del procedimiento.
- La documentación relacionada en la base séptima del Programa.

La documentación específica relacionada en la base Vigesimoprimera del Programa, para las ayudas en la modalidad de Intérprete de Lengua de Signos, y la específica detallada en la Base Vigesimoséptima del Programa, para las ayudas en la modalidad de Ayudas Técnicas Personalizadas.
Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos, por documentación insuficiente o inadecuada, se requerirá a la persona interesada para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días.
De no hacerlo se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Requiere abono previo de tasas

No.

Protección de datos de carácter personal

La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.

Datos de contacto

Negociado de Servicios Asistenciales. Teléfonos de contacto: 922319609, 922319610 y 922316502 ext.5111. Correo electrónico: seas@ull.es