Sede electrónica de la Universidad de La Laguna
Aportación de documentación para su anexo a la solicitud de ayudas para gastos de guardería de los hijos e hijas del alumnado de la Universidad de La Laguna
Información
Para mayor información consulte la convocatoria reguladora.
Objeto del procedimiento
Aportar documentación para su anexo a la solicitud de ayudas para gastos de guardería de los hijos e hijas del alumnado de la Universidad de La Laguna
Descripción
ESTE PROCEDIMIENTO NO SURTIRÁ EFECTO SI PREVIAMENTE NO HA SOLICITADO LA AYUDA A TRAVÉS DE LA ETIQUETA ALUMNADO DE "PORTAL DE SERVICIOS", "MIS AYUDAS ASISTENCIALES", "AUTOSOLICITUDES".
Se establecen ayudas para ofrecer cobertura económica al alumnado de la Universidad de La Laguna respecto de los gastos causados por hijos e hijas en alguna de las dos modalidades siguientes:
A. Por asistencia a una guardería o escuela infantil hasta la fecha de cumplimiento de los 3 años de edad, sin que en ningún caso la ayuda cubra gastos exclusivos de comedor.
B. Por la utilización del servicio de comedor en el centro donde está escolarizado, entre los 3 y los 5 años de edad.
Ambas modalidades son incompatibles respecto del mismo descendiente.
Únicamente pueden optar a esta ayuda quienes estén matriculados en enseñanzas de régimen presencial, que además cumplan los requisitos académicos y económicos, de acuerdo a lo exigido en la convocatoria reguladora vigente.
Una vez cumplimentada la solicitud de ayuda en el sistema informático, el alumnado deberá aportar la documentación exigida según la convocatoria vigente en ese momento.
Destinatarios
Alumnado de Grado y Máster.
Unidad responsable
Negociado de Servicios Asistenciales.
Órgano que resuelve
Vicerrectorado de Estudiantes.
Normativa aplicable
• De carácter general.
• Específica:
- Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes por la que se convocan ayudas para gastos de guardería de los hijos e hijas del alumnado de la Universidad de La Laguna.
Plazo máximo de resolución
Según convocatoria.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio.
Referencia del procedimiento
RYCSOG017.
Datos para la tramitación del procedimiento
Medios de presentación
- A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.
Plazo de presentación
CONVOCATORIA 2025
1ª fase: 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el BOC.
2ª fase: Del 1 al 30 de septiembre de 2025.
Documentación que podrá presentar a través del procedimiento
- Solicitud de inicio del procedimiento.
- La documentación relacionada en la base quinta de la convocatoria.
Si con la solicitud no se aporta la documentación que proceda de entre la que establece la convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días.
De no hacerlo se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si con la documentación aportada no fuese posible efectuar la baremación en los términos que prevé la convocatoria, mediante petición motivada sobre dicha imposibilidad se podrá requerir a quienes soliciten esta ayuda que aporten la documentación complementaria que a su criterio estimen oportuna y resulte adecuada para subsanar la deficiencia.
Requiere abono previo de tasas
No.
Protección de datos de carácter personal
La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.
Datos de contacto
Negociado de Servicios Asistenciales. Teléfonos de contacto: 922319612, 922319609, 922319610, 922316502 ext. 5111. Correo electrónico: seas@ull.es