Solicitud de autorización de acceso para cursar Estudios Oficiales de Máster con Título Extranjero de Educación Superior no homologado en España expedido por un país ajeno al Espacio Europeo de Educación Superior (E.E.E.S).

  • Disponibilidad:

    Online Abierto

  • Etiquetas:

    Máster

Información

Para mayor información consulte la normativa reguladora.

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Objeto del procedimiento

Solicitar autorización de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster, a los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de la homologación o declaración de equivalencia de sus títulos.

Descripción

Presentar ante el Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación la solicitud de autorización indicada anteriormente.
La Universidad comprobará que se acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que los mismos facultan en el país expedidor del título para el acceso a las enseñanzas de Máster.
La obtención de la autorización de la ULL no implica, en ningún caso, la homologación o declaración de equivalencia del título extranjero del que esté en posesión el/la interesado/a, ni el reconocimiento del mismo a otros efectos que el de cursar enseñanzas de Máster.
Además, la autorización no confiere el carácter de alumno de la Universidad de La Laguna ni garantiza la admisión, debiendo participar, en caso de obtenerla, en los procedimientos de preinscripción que se habiliten al efecto y obtener plaza para poder realizar la matrícula.

Destinatarios

Interesados en acceder a estudios oficiales de máster.

Unidad responsable

Oficina de Relaciones Internacionales.

Órgano que resuelve

Vicerrectora de Internacionalización y Cooperación.

Normativa aplicable

De carácter general.
• Específica:
- Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
- Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el RD 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
- Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Máster Universitario de la Universidad de La Laguna, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30/11/2016 (BOULL nº 14, de 09/12/2016).
- Resolución de 28 de enero de 2021 por la que se modifica la delegación de competencias de la Rectora y régimen de suplencias de esta Universidad efectuada a través de la Resolución de 27 de junio de 2019.

Plazo máximo de resolución

2 meses.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio.

Recursos

La Resolución de la solicitud pone fin a la vía administrativa y, de acuerdo al artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la ha dictado o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo

Referencia del procedimiento

AUTAUT024.

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

Durante todo el año (dos meses de plazo máximo de resolución, consulte los plazos en los cuales debe presentar la autorización de acceso en la Escuela de Doctorado y Estudos de Posgrado).

Documentación exigida

- Solicitud de inicio de procedimiento.
- DNI, NIE (acompañado de pasaporte) o Pasaporte.
- Título de educación superior extranjero.
- Certificado que acredite que el título obtenido faculta en el país expedidor para acceder a enseñanzas de Máster (expedido por la Universidad de origen o por el Ministerio de Educación del país en el que se han realizado los estudios).
- Certificación académica oficial legalizada.

(*) La Autorización queda supeditada a la presentación de los originales de toda la documentación en la matrícula.

Legalización

Todos los documentos deben ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país que se trate.
Deberán presentarse legalizados por vía diplomática, o en su caso, mediante apostilla del Convenio de La Haya.

Traducción

Todos los documentos expedidos en idioma extranjero que no sean el inglés, el frnacés, el portugués o el italiano deberán acompañarse de su correspondiente traducción al español, que podrá hacerse por alguna de las siguientes vías:
1. Por traductor jurado, debidamente autorizado e inscrito en España.
2. Por la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Español.
3. Por la UNESCO, la Oficina del Centro Iberoamericano de Cooperación o cualquier otra organización reconocida en España.
4. Por cualquier Representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.
5. Por la Representación diplomática o consular en España del país de que es súbdito el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento.
La presentación de la traducción oficial no exime de presentar el documento que se ha traducido en su idioma original.

Protección de datos de carácter personal

La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.

Datos de contacto

- Centro de Atención al Usuario (CAU). Teléfono: 900432526. Correo electrónico: cau@ull.edu.es.
- Oficina de Relaciones Internacionales. Asesor de Cooperación. Teléfono: (+34) 922 319 577. Correo electrónico: oriconve@ull.es