Convocatoria de una beca de formación del Vicerrectorado de Internacionalización (Programas Comunitarios)

    Deadline for submission:
  • Start date:

    16/11/2016 00:00:00

  • Closing date:

    05/12/2016 23:59:59

  • Availability:

    Online Closed

  • Solicitud

    Inicio del procedimiento
    Documentation

    Attachments
    • Currículum Vitae. En el que se expongan brevemente los estudios realizados y la experiencia acreditada en relación a los méritos a evaluar según la base octava de esta convocatoria.
    • Méritos alegados por el solicitante en el Curriculum Vitae.
    • Certificación académica oficial. Deberán figurar las calificaciones obtenidas en los estudios correspondientes a la titulación del solicitante así como la nota media del expediente académico en base 10. No será necesaria la presentación de dicha certificación en el caso de interesados cuya titulación sea de la ULL. Los solicitantes que hayan cursado los estudios en el extranjero deberán aportar documento expedido por la Agencia Nacional de Evaluación de Calidad y Acreditación (ANECA) de equivalencia de sus notas medias. Al documento emitido por dicho organismo se acompañará el certificado académico oficial que es objeto de equivalencia. La documentación deberá estar debidamente legalizada y traducida al castellano.

Information

El contenido de esta ficha es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud y, en su caso, la convocatoria reguladora.

Objeto del procedimiento

La formación del estudiante seleccionado en la gestión de programas y actuaciones institucionales en el ámbito de la Internacionalización de la Educación Superior, mediante su participación en las actividades del área competente, bajo la supervisión y asesoramiento del personal de la misma.

Descripción

Los aspirantes a la beca convocada deberán reunir los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.
- No estar incapacitado físicamente o padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituye la beca.
- No encontrarse incurso en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No haber sido previamente beneficiario de esta beca.
- Haber finalizado sus estudios de grado o licenciatura durante el curso académico 2013-2014 o posterior.
- Estar matriculado en estudios universitarios oficiales de máster o doctorado de la ULL en el curso 2016-2017. A estos efectos no se considerará la matriculación en títulos propios. La matrícula ha de estar vigente en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. Esta situación será verificada de oficio por la ULL.
- Tener la compatibilidad del horario de sus estudios necesaria para cumplir lo establecido en la base quinta con respecto a horario de permanencia. Esta compatibilidad se acreditará mediante declaración responsable del aspirante.
- Tener conocimientos de inglés de, al menos, el nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) o equivalente que se acreditará mediante título, diploma o certificación de centro oficial o de academia homologada. Los extranjeros deberán tener, además, un buen dominio del castellano (nivel mínimo B1 del MCERL).

Duración
- El período de disfrute de la beca será de 12 meses desde la fecha de incorporación una vez resuelta la convocatoria. La fecha de incorporación de la beca se fijará en la Resolución definitiva de concesión. La no incorporación del becario en la fecha prevista en dicha Resolución comportará la pérdida automática de la beca.
- Con carácter excepcional podrá prorrogarse su duración hasta un máximo de 12 meses, debiendo motivarse adecuadamente la necesidad de la misma y siempre que exista crédito adecuado y suficiente, y se sigan verificando las condiciones de adjudicación de la beca

Dotación mensual
- La beca tendrá una dotación mensual de 900,00 euros brutos.

Condiciones de prestación
- El horario de formación será de 27,5 horas semanales, de acuerdo con el horario que se establezca, en turno de mañana, salvo para actividades que eventualmente pudieran programarse fuera del mismo.
- La concesión y disfrute de esta beca no implica la creación o existencia de relación contractual o estatutaria de cualquier tipo con la ULL, ni compromiso alguno para ésta en cuanto a la posterior incorporación del becario a la plantilla de la Universidad.
- Esta beca es incompatible con cualquier otra ayuda o beca financiada con fondos públicos o privados, a excepción de las de exención de tasas académicas.

La lista de admitidos y excluidos al procedimiento, así como las resoluciones provisional y definitiva se publicarán en la página web del Vicerrectorado de Internacionalización.
La presentación de solicitudes conforme a lo previsto en las bases de la presente convocatoria presupone la aceptación íntegra de la totalidad de los requisitos y obligaciones contemplados en las mismas.

El adjudicatario de la beca deberá presentar carta de aceptación de la misma, en el plazo de cinco días hábiles desde la comunicación de la concesión, así como copia cotejada de todos los méritos alegados por los solicitantes en el apartado sexto y que están relacionados con los criterios de selección y baremo. El cotejo de la documentación se podrá realizar en el Negociado de Programas Comunitarios.

Destinatarios

Alumnado

Unidad responsable

Negociado de Programas Comunitarios.

Órgano que resuelve

Vicerrectorado de Internacionalización.

Normativa aplicable

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna,
- Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
- Convocatoria para la selección de un becario de formación en el Negociado de Programas Comunitarios del Vicerrectorado de Internacionalización de la Universidad de La Laguna.

Plazo máximo de resolución

Según convocatoria.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio.

Recursos

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición, ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución.

Referencia del procedimiento

SUBCCC0025

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

A través de Internet, mediante la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del día siguiente de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Canarias.

Documentación exigida

- Solicitud de inicio del procedimiento.
-Currículum Vitae en el que se expongan brevemente los estudios realizados y la experiencia acreditada en relación a los méritos a evaluar según la base octava de esta convocatoria.
-Justificantes de los méritos alegados por el solicitante en el Currículum Vitae.
- En relación a la certificación académica oficial, en ella deberán figurar las calificaciones obtenidas en los estudios correspondientes a la titulación del solicitante así como la nota media del expediente académico en base 10. No será necesaria la presentación de dicha certificación en el caso de interesados cuya titulación sea de la ULL. Los solicitantes que hayan cursado los estudios en el extranjero deberán aportar documento expedido por la Agencia Nacional de Evaluación de Calidad y Acreditación (ANECA) de equivalencia de sus notas medias. Al documento emitido por dicho organismo se acompañará el certificado académico oficial que es objeto de equivalencia. La documentación deberá estar debidamente legalizada y traducida al castellano.
-Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, incluyendo declaración de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (incluida en el formulario).

No se valorarán los méritos alegados que no sean debidamente justificados documentalmente. La Comisión de Selección podrá reclamar a los candidatos cualquier información adicional con el fin de aclarar cualquier duda sobre los extremos reseñados en la documentación.

Requiere abono previo de tasas

No

Datos de contacto

Negociado de Programas Comunitarios. Teléfono: 922319526 / 922319528. Correo electrónico: orisal@ull.edu.es