Convocatoria de Becas para Proyectos de Innovación y Tecnología Educativa

    Plazo de presentación:
  • Fecha de inicio:

    11/10/2018 00:00:00

  • Fecha de cierre:

    22/10/2019 23:59:59

  • Disponibilidad:

    Online Cerrado

  • Solicitud

    Documentación

    Adjuntos
    • Matrícula durante el curso 2018-2019 en la ULL. En caso de no ser posible en el momento de la presentación de la solicitud, deberá aportarla inexcusablemente en el momento de la aceptación de la beca.
    • Copia del DNI, o pasaporte.
    • Currículum de quien solicite la beca. Los méritos que se aleguen deberán acreditarse mediante copia de las correspondientes certificaciones y otros documentos que los avalen.

Información

Para mayor información consulte la normativa reguladora.

Objeto del procedimiento

Formar especialistas en procesos de innovación educativa asociados a la creación de contenidos audiovisuales, herramientas, recursos y tecnologías digitales multimedia, con el objetivo de servir de apoyo a la oferta de docencia virtual, así como a la difusión de las investigaciones y actividades de interés que se desarrollen en la Universidad de La Laguna.

Descripción

La convocatoria de 1a beca de colaboración para proyectos de Innovación y Tecnología Educativa de la Universidad de La Laguna está dirigida exclusivamente a alumnado de cualquier licenciatura, ingeniería o grado con especialidad en informática matriculado en la Universidad de La Laguna en el curso académico 2018-2019.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria.
La beca estará adscrita al Vicerrectorado de Innovación Docente, Calidad y Campus Anchieta, bajo la coordinación y supervisión de la Dirección de Secretariado de Innovación y Tecnología Educativa que velará por la formación y especialización de la persona beneficiaria de la beca.
El tipo de beca y criterios generales de valoración de méritos se detallan en el Anexo I de la Convocatoria.
Periodo: Comprenderá una dedicación de 25 horas semanales durante el período comprendido entre la fecha de adjudicación y el 31 de diciembre de 2019, con posibilidad de renovación anual, si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, y siempre que el/la becario/a no haya adquirido la especialización requerida, hasta un máximo de tres renovaciones.
El/La becario/a deberá realizar las tareas inherentes a su formación durante un tiempo de 5 horas diarias en horario de mañana o de tarde según las necesidades del servicio lo exijan.
La persona beneficiaria de la beca tendrá derecho a interrumpir la prestación de la colaboración para cumplir con los deberes inexcusables y sobrevenidos de la actividad discente. Este derecho no incluye los períodos de prácticas que supongan horarios continuados e impidan el cumplimiento de las labores propias de la beca.
No obstante, en caso de incumplimiento de la totalidad de las horas semanales de dedicación de la beca, deberá acordar con el órgano supervisor de su formación la recuperación de las mismas.
El periodo de disfrute de la beca, recogido en la Base Tercera de la convocatoria queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos del referido ejercicio.
Cuantía de la beca:
El importe mensual de la beca concedida será de NOVECIENTOS EUROS (900,00 €), durante el periodo de disfrute de la beca, con cargo a la línea presupuestaria 18.04.14.AA.422 AP.480, además de la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes y profesionales lo que supondrá un importe global máximo en el ejercicio presupuestario de 2018 de 3.800 € y de 11.400€ para el ejercicio presupuestario de 2019.
Obligaciones de la persona beneficiaria:
La persona beneficiaria de la beca colaborará directamente en el área de Innovación y Tecnología Educativa del Vicerrectorado de Docencia en las actividades de producción y posproducción audiovisual, desarrollo de herramientas y recursos de apoyo a docencia virtual, así como a la promoción, difusión de las actividades de innovación, investigación y acciones de interés para la Universidad. Asimismo, cumplirá las disposiciones de esta convocatoria y las instrucciones, orientadas a la finalidad de las becas, que reciban de la Dirección de Secretariado de Innovación y Tecnología Educativa.
Renuncia e incumplimiento:
La persona beneficiaria podrá renunciar a la beca en cualquier momento, presentando la renuncia por escrito, con diez días de antelación, en el Vicerrectorado de Innovación Docente, Calidad y Campus Anchieta.
El incumplimiento de las tareas asignadas a la persona beneficiaria de la beca, o de las obligaciones contraídas con la Universidad, acarreará la pérdida de la beca, de la totalidad de su dotación económica y el reintegro de lo percibido, previa instrucción del oportuno expediente contradictorio en el que se concederá audiencia al interesado.
Incompatibilidad:
La beca de la presente convocatoria es incompatible con cualquier otra beca, subvención o ayuda de análoga naturaleza, concedida por organismos públicos o privados, durante el periodo de disfrute de la misma, salvo las expresamente consideradas compatibles con el disfrute de ésta por la Universidad de La Laguna.
Para más información consulte las bases de la convocatoria.

Destinatarios

- Alumnado de la ULL

Unidad responsable

Vicerrectorado de Innovación Docente, Calidad y Campus Anchieta.

Organismo resolutor

Vicerrectorado de Innovación Docente, Calidad y Campus Anchieta.

Normativa aplicable

De carácter general.
• Específica.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna.
- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Convocatoria para la selección de un/a becario/a de colaboración para proyectos de Innovación y Tecnología Educativa en el curso académico 2018-2019.

Plazo máximo de resolución

Según convocatoria

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Contra la presente convocatoria y los actos administrativos derivados de la misma que pongan fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición que podrá interponerse ante la Vicerrectora de Docencia, en el plazo de un mes.

Código del procedimiento

SUBCCC019

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

- A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

Desde el hasta el de 2018.

Documentación exigida

- Solicitud de inicio del procedimiento.
- Copia de la matrícula en la ULL durante el curso 2018-2019. En caso de no ser posible en el momento de la presentación de la solicitud, deberá aportarla inexcusablemente en el momento de la aceptación de la beca.
- Copia del DNI, o NIE más pasaporte, en vigor.
- Currículum de quien solicite la beca. Los méritos que se aleguen deberán acreditarse mediante copia de las correspondientes certificaciones y otros documentos que los avalen.
Si la solicitud no reuniera todos los requisitos se requerirá a quien opte a la beca para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Requiere abono previo de tasas

No

Protección de datos de carácter personal

La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.

Datos de contacto

Vicerrectorado de Innovación Docente, Calidad y Campus Anchieta. Teléfono: 922318033. Correo electrónico: vicerrectorado.innovacionycalidad@ull.es