Programa Erasmus+ para movilidad internacional de formación (STT) del Personal de Administración y Servicios (PTGAS)

    Plazo de presentación:
  • Fecha de inicio:

    07/02/2024 00:00:00

  • Fecha de cierre:

    29/02/2024 23:59:59

  • Disponibilidad:

    Online Cerrado

  • Etiquetas:

    Movilidad PAS

  • Solicitud

    Documentación

    Adjuntos
    • Plan de formación a desarrollar en la institución o empresa de acogida. Debidamente cumplimentado de acuerdo con el impreso normalizado Plan de formación, PF_STT+, que se puede obtener en esta dirección.
    • Documento de conformidad del responsable del centro o servicio en que preste sus servicios el solicitante.
    • Documento acreditativo del conocimiento del idioma en el que se desarrollará la actividad. De nivel equivalente a A2 o superior del MCERL. En el caso de que el solicitante no pueda aportar certificación alguna de poseer un nivel de conocimiento del idioma en que se desarrollará la actividad de A2 o superior, el solicitante puede aportar cualquier otra documentación que pudiera justificar el conocimiento del mismo tales como la realización de estancias previas en el país de destino o poseer una titulación extranjera, entre otros.

Información

Para mayor información consulte la convocatoria reguladora.

Objeto del procedimiento

Gestionar el proceso de selección del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) saliente para la movilidad por formación en el marco del Programa Erasmus+.

Descripción

Este procedimiento tiene como objeto la recepción de las solicitudes de participación del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS), en acciones de movilidad internacional de formación dentro del Programa Erasmus+, para la preselección de las personas candidatas que cumplan con los requisitos y criterios establecidos en las bases de la convocatoria.
El objeto de la movilidad es realizar un periodo de formación, de 2 días laborables a dos meses, excluyendo los días necesarios para el desplazamiento, en una universidad u otro centro de enseñanza superior participante en el Programa Erasmus+, así como en empresas u otros centros, situados en alguno de los países participantes en el Programa.
Las movilidades que se regulan en la presente convocatoria deben realizarse antes del 31 de mayo de 2025.
Sólo se admitirá una única solicitud por participante.
Requisitos de participación:
- Tener un vínculo laboral o funcionarial como PTGAS en activo adscrito a la Universidad de La Laguna, tanto en el momento de la solicitud como durante la realización de la movilidad. El cumplimiento de este requisito será verificado por el Servicio de Recursos Humanos y comunicado al Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación.
- Realizar la movilidad en una empresa europea o en una Institución de Educación Superior titular de una Carta Erasmus perteneciente a un país del programa, que haya acordado y firmado previamente con la Universidad de La Laguna el programa de formación que realizará el PTGAS durante su estancia.
- Acreditar el conocimiento del idioma en el que se desarrollará la actividad. El idioma el nivel de referencia será el recomendado por la institución de destino, y en todo caso, el nivel mínimo que deberá acreditarse será el equivalente A2 o superior del MCERL. (El conocimiento del idioma se acreditará por medio del procedimiento de sede electrónica.
- Contratar una póliza de seguro que cubra, al menos, los siguientes extremos: seguro de viaje (que incluya deterioro o extravío del equipaje), seguro de responsabilidad civil (que incluya, cuando proceda, responsabilidad profesional), seguro de accidentes y enfermedades grave (que incluya incapacidad temporal o permanente); y seguro de defunción (que incluya repatriación).

Destinatarios

Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) de la Universidad de La Laguna.

Unidad responsable

Negociado de programas Europeos.

Órgano que resuelve

Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación.

Normativa aplicable

De carácter general.
• Específica:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- La Carta Erasmus de Educación Superior, la Guía del Programa Erasmus+ y en el Convenio de Subvención suscrito entre la Universidad de La Laguna y el SEPIE para el correspondiente año.
- Reglamento (UE) 2021/817, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021 por el que se establece Erasmus+, el Programa de la Unión para la educación y la formación, la juventud y el deporte, y se deroga el Reglamento (UD) nº 1288/2013.

Plazo máximo de resolución

Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán resueltas en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente de la publicación del plazo de finalización de solicitudes.

Efecto del silencio administrativo

Negativo.

Recursos

Contra la Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante la Sra. Vicerrectora de Internacionalización y Cooperación de la Universidad de La Laguna, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, con los efectos previstos en el artículo 115 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que pueda interponersee recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contensioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación.

Referencia del procedimiento

MOVPAS001.

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Documentación exigida

- Solicitud de inicio del procedimiento.
- Plan de formación a desarrollar en la institución o empresa de acogida debidamente cumplimentado de acuerdo con el impreso normalizado Plan de formación, PF_STT+, que se puede obtener en esta dirección. En el caso de que la persona solicitante no pueda aportar el plan de formación con la firma de la institución de destino dentro del plazo de presentación de solicitudes, deberá hacerlo sin dicha firma, debiendo, posteriormente, aportar el mismo plan de formación con la firma de la institución de destino, antes de que finalice el plazo que se conceda para la subsanación en el listado provisional de personas admitidas y excluidas al procedimiento. De no aportarlo, se le dará por desistida de su solicitud.
- Conformidad del responsable del centro o servicio en que preste sus servicios la presona solicitante.
- Declaración responsable de la persona interesada en la que manifieste encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, incluida en el impreso de solicitud.
- Documento acreditativo del conocimiento del idioma en que se desarrollará la actividad. El idioma y nivel de referencia será el recomendado por la institución de destino y, en todo caso, el nivel mínimo que deberá acreditarse será el equivalente a A2 o superior del MCERL. Al menos, serán válidos en este procedimiento, los certificados que se indican en el siguiente enlace: Acreditación de idiomas. En el caso de que la persona solicitante no pueda aportar certificación alguna de poseer un nivel de conocimiento del idioma en que se desarrollará la actividad de A2 o superior, podrá aportar cualquier otra documentación que pudiera justificar el conocimiento del mismo tales como la realización de estancias previas en el país de destino o poseer una titulación extranjera, entre otros.

Requiere abono previo de tasas

No

Protección de datos de carácter personal

La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.

Datos de contacto

Negociado de Programas Europeos. Teléfono: 922319526 / 922319528. Correo electrónico: orisal@ull.edu.es