Ayudas a estancias de profesorado e investigadores invitados de reconocido prestigio para impartir formación investigadora en programas de postgrado de la ULL

    Plazo de presentación:
  • Fecha de inicio:

    08/04/2016 00:00:00

  • Fecha de cierre:

    09/05/2016 23:59:59

  • Disponibilidad:

    Online Cerrado

  • Solicitud

    Inicio del procedimiento
    Documentación

    Adjuntos
    • Curriculum vitae del profesor o investigador que se pretende invitar.
    • Nombre del Programa de doctorado y programa detallado del curso de formación/especialización a impartir, y de otras actividades. Reuniones con los doctorandos, talleres formativos, etc., que vaya a realizar el profesor invitado durante su estancia.
    • Aval firmado por el director de la COA del programa de doctorado. Para la realización de la estancia y en el que se hace constar la aprobación del programa de actividades formativas a realizar por el profesor invitado.

Información

Objeto del procedimiento

Participación de profesorado e investigadores de reconocido prestigio en los programas formativos de los programas de doctorado de la Universidad de La Laguna.

Descripción

Las financiaciones que se concedan mediante esta convocatoria se destinarán a sufragar una parte de los gastos de traslado, manutención y alojamiento derivados de la estancia ininterrumpida en la ULL de profesores e investigadores de otras universidades o centros de investigación (gastos de ida y vuelta a la isla, manutención y alojamiento de los días en que participen en la actividad formativa objeto de la presente ayuda).
La duración de la estancia podrá oscilar entre un mínimo de 5 días hábiles y un máximo de 15 días hábiles.
La dotación económica de estas financiaciones comprenderá una asignación máxima de 37,40 € en concepto de manutención y 65,97 € en concepto de alojamiento por cada día de estancia, de acuerdo con lo establecido en la ORDEN de 11 de febrero de 2008, por la que se actualizan las cuantías de las dietas de las comisiones de servicio en territorio nacional y de la indemnización por la utilización de vehículo particular que modifica al Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio; y otra en concepto de viaje cuya cuantía máxima, en función del lugar de origen, será la siguiente:
1. Canarias (excepto Tenerife): hasta 200 euros
2. España peninsular y Baleares: hasta 450 euros
3. Países de la Unión Europea, Guinea Bissau, Senegal, Mauritania y Marruecos: hasta 750 euros
4. Resto de países europeos y costa este de EEUU: hasta 1.000 euros
5. Resto de países: hasta 1.300 euros
No obstante, por motivos presupuestarios, estas cantidades podrán verse minoradas.

Podrá solicitar la presente ayuda cualquier miembro de un programa de doctorado de la ULL activo en el curso 2015/2016. Dicha solicitud deberá venir avalada por la Comisión de Ordenación Académica (en adelante COA) del programa de doctorado.

Los requisitos necesarios para concurrir a cada convocatoria, para que sean tomados en consideración, deberán haber sido obtenidos tomando como fecha límite aquella que coincida con la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El plazo para acreditarlos finalizará el mismo día que el plazo que se establezca para subsanar la documentación de las solicitudes recibidas.

La ULL podrá solicitar en cualquier momento del procedimiento de selección los originales de los documentos aportados, con el fin de contrastar su validez y concordancia, reservándose el derecho de actuar legalmente contra los que modificaran o alteraran los documentos incluidos en la solicitud.

Compatibilidad: Estas ayudas son compatibles con la percepción de otras ayudas o ingresos, provenientes de entidades públicas o privadas, destinadas a la misma finalidad, compatibilidad condicionada a que el importe de las ayudas concedidas en ningún caso pueda ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras, supere el coste de la actividad subvencionada.

Renuncia: En el caso de no realizarse la actividad para la que fue solicitada la ayuda, el beneficiario deberá presentar en el Servicio de Gestión de la Investigación un escrito de renuncia a la misma, sin que sea posible, en ningún caso, utilizar la financiación concedida para otra finalidad.
El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidos en las bases y demás normas aplicables, así como las condiciones que, en su caso, se establezcan en las correspondientes resoluciones de concesión, podrá dar lugar, previo el oportuno expediente de incumplimiento, a la pérdida del derecho de cobro de la ayuda y/o a la obligación de reintegrar ésta y los intereses de demora correspondientes conforme a lo establecido en la Ley de Subvenciones y su Reglamento.

Todas las ayudas serán adjudicadas por resolución del Vicerrector de Investigación, en uso de las competencias atribuidas por la resolución de 3 de julio de 2015, por la que se aprueban la delegación de competencias del Rector y las suplencias de la Universidad de La Laguna (BOC nº 134, de 13.07.2015.

Las resoluciones, tanto provisional como definitiva, así como la información de la convocatoria y todos los actos administrativos que se deriven del procedimiento, a efectos de la notificación en los términos establecidos en el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publicarán en el siguiente enlace.

En la resolución definitiva se fijará el plazo para la aceptación o renuncia a las ayudas. En todo caso, se entenderá aceptada salvo que la persona interesada haya presentado renuncia expresa en dicho plazo. Se podrá presentar a través de la Sede Electrónica. En la pestaña" Sede de la ULL", Mis trámites "Expedientes", seleccione el expediente correspondiente a su solicitud y pulse el botón "Presentar más documentación". Adjunte el documento, firme y continúe hasta la pestaña "Presentación" y pulse el botón "Presentar".

Destinatarios

Alumnado matriculado en programas de doctorado de la Universidad de La Laguna, que se encuentran en fase de elaboración de su tesis doctoral.

Unidad responsable

Negociado de Convocatorias y Programas I+D+i Nacionales y Propias.

Organismo resolutor

Vicerrectorado de Investigación.

Normativa aplicable

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna.
- Reglamento de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Universidad de La Laguna (BOC Nº 244, 14/12/2011).
- Programa de Formación de Investigadores de la Universidad de La Laguna correspondiente al año 2016.

Plazo máximo de resolución

Según convocatoria.

Efecto del silencio administrativo

Negativo.

Recursos

Contra la Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses siguientes a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, o potestativamente en vía administrativa mediante recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.

Referencia del procedimiento

SUBCCC009.

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

A través de Internet, mediante la sede electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

Del 8 de abril al 9 de mayo de 2016.

Documentación exigida

- Solicitud de inicio del procedimiento.
- Curriculum vitae del profesor o investigador que se pretende invitar.
- Nombre del Programa de doctorado y programa detallado del curso de formación/especialización a impartir, y de otras actividades (reuniones con los doctorandos, talleres formativos, etc.) que vaya a realizar el profesor invitado durante su estancia.
- Aval firmado por el director de la COA del programa de doctorado para la realización de la estancia y en el que se hace constar la aprobación del programa de actividades formativas a realizar por el profesor invitado.

Si la documentación aportada durante el periodo de presentación de solicitudes fuera incompleta o contuviese errores subsanables, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días hábiles subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Requiere abono previo de tasas

No.

Datos de contacto

Negociado de Convocatorias y Programas I+D+i Nacionales y Propias. Teléfono: 922319558 / 922845095 / 922319513. Correo electrónico: sopinve@ull.es