Solicitud de ayudas de bonos de comedor para estudiantes de la Universidad de La Laguna

    Plazo de presentación:
  • Fecha de inicio:

    15/07/2021 00:00:00

  • Fecha de cierre:

    08/10/2021 23:59:59

  • Disponibilidad:

    Online Cerrado

  • Solicitud

    Documentación

    Adjuntos
    • -Solo documentos en formato pdf.
      -En todos los casos consultar la convocatoria reguladora.


      Alumnado de Doctorado Deberá estar matriculado y acreditar la actividad y tutela académica del curso académico respecto del que se solicita la ayuda, aportando al efecto memoria conformada por el Director de la Tesis.
    • Documentación económica Adjuntar un único pdf por cada miembro de la unidad de convivencia:
      •Declaración de la Renta del ejercicio 2019 para la primera fase y la del ejercicio 2020 para la segunda fase.
      •El código seguro de verificación de la renta o información fiscal subsidiaria de terceras personas.

    • Orfandad Certificado de la pensión recibida durante el año 2020.
    • Otra documentación económica Documentación específica:
      •Ingresos por intereses, dividendos o cualquier otra forma de rentabilidad de capital mobiliario, en cuantía superior a 500 euros.
      •Patrimonio inmobiliario distinto a la vivienda habitual, recibo del ejercicio 2020 (IBI).
      En caso de no haber presentado la declaración del IRPF o cuando de ésta no se pueda obtener la información necesaria para baremar:
      •Certificado de ingresos del año 2020.
      •Certificado de ingresos por pensión o subsidio de incapacidad temporal del año 2020.
      •Certificado emitido por el SEPE acreditativo de la antigüedad e ingresos percibidos en concepto de subsidios por desempleo.

    • Certificado de convivencia Expedido por los servicios municipales correspondientes, cuando la persona solicitante de la ayuda esté emancipada y no acredite independencia económica o cuando de la documentación aportada no pueda deducirse el número o la identidad de las personas que forman unidad de convivencia, tengan o no lazos familiares o afectivos con quien pide la ayuda.
    • Certificado de situación socio-económica De la unidad de convivencia, expedido en relación al año 2020, por los Servicios Sociales del Ayuntamiento en que se encuentre empadronada la persona solicitante. En ningún caso se admitirán certificados en los que únicamente se haga constar lo que manifieste la persona interesada.
    • Separación matrimonial o divorcio •Sentencia acompañada del convenio regulador.
      •Informe emitido por entidad bancaria acreditativo del importe actualizado de la pensión en el año 2020.
      •Denuncias o documentos judiciales de valor acreditativo equivalente (si es el caso).

    • Emancipación o independencia familiar y económica Deberá acreditar de manera fehaciente:
      •Que cuenta con medios económicos propios y suficientes, que le permiten la independencia alegada.
      •La titularidad o el alquiler de su domicilio habitual respecto del período al que se refieren los ingresos que acredita.

Información

Para mayor información consulte la convocatoria reguladora.

"Requisito básico: estar matriculado en el curso 2021-2022"

Objeto del procedimiento

Sufragar parcialmente los gastos de manutención derivados de la estancia del alumnado en los centros universitarios cuando se matricula en enseñanzas de régimen presencial, mediante la emisión de bonos de comedor que dan cobertura al menú de almuerzo para los estudiantes de la Universidad de La Laguna que utilicen las cafeterías y comedores universitarios durante el ejercicio económico 2022.

Descripción

Podrá participar en esta convocatoria el alumnado de la ULL matriculado en cualquiera de sus centros que cumpla los requisitos académicos y económicos, de acuerdo a lo exigido en la convocatoria reguladora vigente.
Período de disfrute de la ayuda:
En la primera fase, el disfrute de la ayuda será exclusivo para menú de almuerzos, con efectos desde el 13 de enero y hasta el 15 de julio de 2022.
Se excluyen de cobertura los días señalados como no lectivos en el calendario académico.
En  la segunda fase, inicio del curso 2022-23, se aplicará el nuevo modelo de baremación y adjudicación de ayudas establecido en la base tercera, otorgándose durante el primer cuatrimestre del curso.
La obtención de ayuda en esta fase garantiza la prolongación automática de su disfrute en el segundo cuatrimestre delcurso académico, entre enero y julio de 2023, para quienes siguen matriculados en dicho periodo.

Incompatibilidad:
Se declara incompatible la percepción de estas ayudas con:
- La condición de alumnado colegial de la ULL, beneficiario del servicio de comedor en alguno de los colegios mayores de la universidad.
- La percepción de ayudas de otros organismos públicos o privados con la misma finalidad.
Las ayudas tienen carácter unipersonal, debiendo cumplimentarse un impreso por cada solicitante.

Destinatarios

Alumnado.

Unidad responsable

Negociado Servicio de Asistenciales.

Órgano que resuelve

Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Campus Guajara.

Normativa aplicable

De carácter general.
• Específica:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Campus Guajara por la que se convocan ayudas de bonos de comedor para estudiantes de la Universidad de La Laguna durante el año 2022.

Plazo máximo de resolución

Según convocatoria.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio.

Referencia del procedimiento

SUBCCC013.

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

- A través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

Se establecen dos fases para la tramitación de las ayudas, con un único plazo de presentación:

•1ª fase:
  Las ayudas de esta fase quedan reservadas para el alumnado adjudicatario de bonos de comedor en el primer cuatrimestre del curso 2021-22, por lo que no se abre plazo de presentación de solicitudes. En consecuencia, los bonos se emitirán automáticamente para dicho alumnado a partir del 10 de enero y hasta el 15 de julio de 2022.
•2ª fase:
a) Alumnado de Grado: desde el 15 de julio hasta el 14 de octubre de 2022.
b) Alumnado de otros estudios: Durante los respectivos plazos de matrícula, establecidos por la Universidad de La Laguna.

Documentación exigida

- Solicitud de inicio del procedimiento.
- La documentación relacionada en la base quinta de la convocatoria.

Si con la solicitud no se aporta la documentación que proceda de entre la que establece la convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días.
De no hacerlo se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si con la documentación aportada no fuese posible efectuar la baremación en los términos que prevé la convocatoria, mediante petición motivada sobre dicha imposibilidad se podrá requerir a quienes soliciten esta ayuda que aporten la documentación complementaria que a su criterio estimen oportuna y resulte adecuada para subsanar la deficiencia.

Requiere abono previo de tasas

No.

Protección de datos de carácter personal

La presentación del trámite implica la aceptación de la política de privacidad de la Universidad de La Laguna.

Datos de contacto

Negociado de Servicios Asistenciales. Teléfonos de contacto: 922316502 ext. 5111, 922319609 y 922319610. Correo electrónico: seas@ull.es