Ayudas a Mantenimiento de Grupos de Investigación Consolidados

    Plazo de presentación:
  • Fecha de inicio:

    16/03/2015 00:00:00

  • Fecha de cierre:

    06/04/2015 23:59:59

  • Disponibilidad:

    Online Cerrado

  • Solicitud

    Inicio del procedimiento
    Documentación

    Adjuntos
    • Documentación del proyecto (convocatoria y resolución de concesión) si no se encuentra en SIGIDI

Información

Objeto del procedimiento

El objeto de la convocatoria es aportar ayuda complementaria a grupos consolidados de la Universidad de La Laguna.

Descripción

Las financiaciones concedidas a través de esta convocatoria tendrán como período de ejecución desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año en que se concedan y una cuantía máxima de 5.000 euros.
Estos importes estarán condicionados a las posibles limitaciones presupuestarias que puedan existir en los diferentes ejercicios económicos, pudiendo ser minorados en su caso con la finalidad de poder atender las peticiones de todos los beneficiarios.
Se financiará cualquier gasto derivado de la actividad del grupo de investigación, si bien los gastos protocolarios (comidas, actos sociales, obsequios institucionales, etc.) no podrán superar bajo ningún concepto el 10% del total de la ayuda concedida hasta un máximo de 300 €. Estos gastos protocolarios deberán estar justificados como necesarios para las actividades del grupo de investigación y en ningún caso se aceptarán gastos como obsequios no institucionales, kilometraje que no tenga como objeto trabajos de campo relacionados con la investigación del grupo, gastos en alimentos o bebidas que no correspondan a comidas o reuniones de trabajo, u otros gastos que tengan un carácter personal. Tampoco se admitirán gastos en concepto de retribuciones a los miembros del grupo, ni por la contratación laboral ni la adjudicación de becas con cargo a la presente ayuda.

Requisitos:
Las ayudas tendrán que ser solicitadas por el coordinador del grupo de investigación. Solamente se podrá solicitar una ayuda por grupo. Todos los miembros del grupo con vinculación a la ULL en el momento de la solicitud deberán haber cumplido con la obligación de puesta al día de su producción científica en el portal del investigador.
Un mismo proyecto no puede ser tomado en cuenta en más de una solicitud. En el caso de que concurra dicho supuesto porque un investigador principal forme parte de varios grupos, éste deberá decidir en qué solicitud debe ser considerado el proyecto.

Los solicitantes deberán cumplir los requisitos exigibles en la convocatoria a la que opten el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
No podrán tener pendientes de justificación ayudas concedidas en convocatorias previas del presente o de anteriores Planes Propios de Investigación.
Se podrá requerir al solicitante, en cualquier momento antes de la concesión de las ayudas, las aclaraciones necesarias que permitan verificar el cumplimiento de los requisitos, sin que ello implique la posibilidad de aportar méritos que no se hayan aportado en el plazo de presentación de solicitudes.
La presentación de solicitudes conforme a lo previsto en las bases de las convocatorias contempladas en este Plan Propio presupone la aceptación íntegra e incondicionada de los requisitos y obligaciones contemplados en las mismas.

Curriculum Vitae Será requisito imprescindible para beneficiarse de las ayudas del presente Programa que los solicitantes de la ayuda tengan actualizado los datos del Curriculum Vitae en formato normalizado (CVN) en el momento de presentar la solicitud. Cuando la ayuda sea solicitada para un grupo de investigación de la Universidad de La Laguna, todos los miembros del grupo que pertenezcan a la ULL tendrán que tener actualizado los datos del CVN. Se entenderán como actualizados siempre que los currículos tengan fecha de 2015. Una vez que el interesado disponga de la versión final de su CVN en formato PDF (CVN-PDF), deberá anexarlo a sus datos del Portal del Investigador en el espacio habilitado para tal fin.
El Curriculum Vitae Normalizado debe editarse y generarse a través del editor online de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECyT), consulte el siguiente enlace. Es posible a través del Portal del Investigador obtener varios de los datos: tesis, producción científica del interesado (TEMATAI), etc. (enlace). Datos de contacto para solicitar ayuda en la cumplimentación y obtención del CVN: sopinve@ull.es.

Compatibilidad de ayudas:
Si se recibiese subvención para la misma actividad, la ayuda del presente Plan Propio estará limitada al importe de los gastos realizados que no hubieran sido cubiertos por la subvención externa al Plan Propio de Investigación de la ULL, debiendo reintegrase al mismo la parte de la ayuda recibida que exceda de dicho importe.

Resolución:
Todas las ayudas serán adjudicadas por resolución del Vicerrector de Investigación e Internacionalización, en uso de las competencias atribuidas por la Resolución de 18 de marzo de 2014 por la que se modifica parcialmente la Resolución de 9 de enero de 2014, que aprueba normas de delegación de competencias del Rector y suplencias de la Universidad de La Laguna (BOC nº 62 de 28 de marzo de 2014).
Las resoluciones, tanto provisional como definitiva, así como la información de la convocatoria y todos los actos administrativos que se deriven del procedimiento, a efectos de la notificación en los términos establecidos en el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publicarán en el siguiente enlace.
No obstante, se podrá remitir a los interesados avisos de las publicaciones producidas mediante mensaje al correo electrónico que el interesado haya consignado en la solicitud. Dicho aviso no tendrá, en ningún caso, efectos de notificación. En todo caso, este aviso por correo electrónico no exime al interesado de su obligación de acceder a la web para el conocimiento de las publicaciones relativas al procedimiento.
Las resoluciones provisionales fijarán un plazo para la presentación de reclamaciones o alegaciones, las cuales se presentarán también a través de la Sede Electrónica en el expediente abierto cuando se presentó la solicitud.
En la resolución definitiva se fijará el plazo para la aceptación o renuncia a las ayudas. En todo caso, se entenderá aceptada salvo que la persona interesada haya presentado renuncia expresa en dicho plazo. Se podrá presentar a través de la Sede Electrónica. En la pestaña" Sede de la ULL", Mis trámites "Expedientes", seleccione el expediente correspondiente a su solicitud y pulse el botón "Presentar más documentación". Adjunte el documento, firme y continúe hasta la pestaña "Presentación" y pulse el botón "Presentar".

Incumplimiento:
El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidos en las bases y demás normas aplicables, así como las condiciones que, en su caso, se establezcan en las correspondientes resoluciones de concesión, podrá dar lugar, previo el oportuno expediente de incumplimiento, a la pérdida del derecho de cobro de la ayuda y/o a la obligación de reintegrar ésta y los intereses de demora correspondientes conforme a lo establecido en la Ley de Subvenciones y su reglamento.
No se concederán ayudas a los solicitantes que hayan incumplido sus obligaciones de justificación correspondientes al Plan Propio de Investigación del año 2014.

Destinatarios

Personal Docente e Investigador.

Unidad responsable

Negociado de Convocatorias y Programas I+D+i Nacionales y Propias.

Organismo resolutor

Vicerrectorado de Investigación e Internacionalización.

Normativa aplicable

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna.
- Reglamento de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Universidad de La Laguna (BOC Nº 244, 14/12/2011).
- Plan Propio de Investigación, año 2015.

Plazo máximo de resolución

Según convocatoria.

Efecto del silencio administrativo

Negativo.

Recursos

Contra la Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses siguientes a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, o potestativamente en vía administrativa mediante recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.

Referencia del procedimiento

GEPAFI004.

Datos para la tramitación del procedimiento

Medios de presentación

A través de Internet, mediante la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna.

Plazo de presentación

Hasta el 6 de abril de 2015.

Documentación exigida

- Solicitud de inicio del procedimiento.
- Documentación del proyecto (convocatoria y resolución de concesión) si no se encuentra en SIGIDI.

Requiere abono previo de tasas

No.

Datos de contacto

Negociado de Convocatorias y Programas I+D+i Nacionales y Propias. Teléfono: 922319558 / 922845095 / 922319513. Correo electrónico: sopinve@ull.es